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¿Qué pasa si contrato personal extranjero sin cumplir con la ley laboral dominicana?

Tabla de contenido

República Dominicana es un destino cada vez más atractivo para empresas extranjeras que desean operar en el Caribe. Sin embargo, al iniciar operaciones o contratar talento en el país, muchos inversionistas pasan por alto requisitos legales específicos para la contratación de trabajadores extranjeros.

En esta guía te explicamos los riesgos legales, laborales y migratorios de contratar personal extranjero sin cumplir con la legislación dominicana, así como las claves para hacerlo correctamente y evitar sanciones.

¿Qué dice la legislación dominicana sobre contratar extranjeros?

La Ley No. 16-92 del Código de Trabajo de República Dominicana establece claramente que:

  • El 80% del personal contratado debe ser dominicano.
  • Solo se permite hasta un 20% de trabajadores extranjeros, salvo casos excepcionales.

Además, los trabajadores extranjeros deben contar con:

  • Visa de trabajo o residencia legal vigente
  • Contrato de trabajo registrado
  • Inscripción en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS)
  • Cumplimiento de las normas migratorias y laborales vigentes

¿Qué pasa si no se cumplen estos requisitos?

Las empresas que contratan personal extranjero sin cumplir las disposiciones legales pueden enfrentar las siguientes consecuencias:

Multas y sanciones administrativas

  • Multas por parte del Ministerio de Trabajo por incumplimiento de la proporción laboral.
  • Posibles sanciones por parte de la Dirección General de Migración.

Riesgos de nulidad de contratos

Los contratos de trabajo firmados con extranjeros sin estatus legal pueden considerarse nulos, dejando a la empresa sin respaldo jurídico.

Reputación y problemas operativos

  • Riesgo de bloqueo en licitaciones públicas, pérdida de permisos o restricciones para operar.
  • Problemas con auditorías laborales o fiscales.

Contingencias laborales

Si el trabajador inicia un proceso legal, la empresa podría ser obligada a pagar indemnizaciones elevadas, incluso si el contrato fue informal.

¿Qué debe hacer una empresa para contratar legalmente a un extranjero en RD?

  1. Solicitar visa de trabajo o residencia temporal (NM1, NM2, etc.) ante la Dirección General de Migración.
  2. Registrar el contrato de trabajo en el Ministerio de Trabajo.
  3. Afiliar al trabajador a la TSS y cumplir con las obligaciones patronales (AFP, ARS, INFOTEP).
  4. Respetar la cuota del 80/20: solo el 20% del total de empleados puede ser extranjero.
  5. Mantener documentación laboral actualizada y disponible en caso de inspección.

¿Se puede contratar más del 20% de extranjeros?

Sí, en casos especiales:

  • Altos cargos técnicos o directivos
  • Trabajos donde no haya personal dominicano calificado
  • Inversionistas registrados bajo regímenes especiales (Zonas Francas, Ley de Cine, Turismo, etc.)

👉 Debe solicitarse una autorización expresa al Ministerio de Trabajo o sustentarse dentro del régimen especial aplicable.

¿Estás contratando personal extranjero en República Dominicana?

En Amiko DR te ayudamos a:

  • Regularizar la situación migratoria y laboral de tu equipo
  • Cumplir con el 80/20 de contratación local
  • Evitar sanciones de Migración, TSS y Ministerio de Trabajo
  • Prepararte para auditorías o inspecciones laborales

📩 Solicita una asesoría laboral especializada en contratación de personal extranjero en RD.